jueves, 26 de septiembre de 2013

Ministerio de Salud inmune a recomendaciones en materia de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

Ministra de Habich no se pronuncia

Diferentes Comités de Derechos Humanos han hecho en los últimos años recomendaciones al Estado peruano a fin de que amplíe su interpretación sobre el aborto terapéutico establecido en el artículo 19 del Código Penal desde el año 1924, y apruebe el protocolo nacional de atención que permita garantizar el servicio de aborto legal a las mujeres que lo requieran.

Los sectores del Estado comprometidos  tienen la obligación de cumplir con tales recomendaciones en la medida que los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos ratificados por nuestro país tienen carácter vinculante.

En el caso concreto del Ministerio de Salud, ninguno de los exhortos en materia de derechos sexuales y derechos reproductivos de estas instancias de Naciones Unidas ha sido atendido, en una clara muestra de desinterés por problemas que atañen directamente a las mujeres.

Desde que asumió el cargo, la ministra de Salud Midori de Habich no se ha pronunciado sobre los álgidos problemas vinculados al ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las peruanas.

Comité de Derechos Humanos que vigila el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En abril del 2013 reiteró su preocupación por la elevada mortalidad materna en el país como consecuencia de la penalización del aborto y de la ausencia de un protocolo nacional para normar el aborto terapéutico.

En ese sentido recomendó, entre otros puntos, la rápida aprobación del protocolo y el desarrollo de programas educativos y de sensibilización en escuelas, universidades y medios de comunicación sobre la importancia del derecho a la salud sexual y reproductiva. 

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que monitorea el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).

En mayo del 2012 el Comité expresó su preocupación por la falta de una reglamentación nacional para regular la práctica del aborto terapéutico. También por el alto índice de embarazo de adolescentes, especialmente en zonas rurales, y  la falta de adecuados servicios de salud sexual y reproductiva. 

Recomendó al Estado peruano establecer el protocolo nacional para regular la atención del aborto terapéutico.

Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer que vigila el cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW).

En febrero del 2007 el Comité  indicó su preocupación por el insuficiente reconocimiento y protección de la salud y derechos reproductivos de las mujeres, reflejado en embarazos adolescentes y muerte materna por causa de los abortos inseguros y por la interpretación restrictiva del Estado sobre el aborto terapéutico que puede inducir a las mujeres a la interrupción de sus embarazos en condiciones de riesgo.

Al Comité también le preocupó el incumplimiento del Estado de las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos en el caso de KL, joven a la que un hospital público de salud le negó el acceso al aborto terapéutico cuando gestaba un feto anencefálico, lo que le ocasionó daños irreparables a su salud.

El Comité instó al Estado peruano a ampliar su interpretación restringida del aborto legal, y a cumplir con lo dispuesto en el dictamen del caso KL. Una de sus recomendaciones es precisamente la adopción de medidas que eviten la repetición de casos similares al de la joven vulnerada en sus derechos.

Comité contra la Tortura que vigila el cumplimiento de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

En enero del 2013 el Comité puso de manifiesto su preocupación por la interpretación restrictiva y poco clara del Estado sobre lo que constituye aborto terapéutico y legal en caso de necesidad por razones médicas, situación que lleva a las mujeres a abortar clandestinamente en condiciones de inseguridad.

El Comité planteó diversas recomendaciones orientadas a garantizar la salud sexual y reproductiva de las mujeres. Entre ellas la necesidad de modificar la prohibición general del aborto para poder autorizar el de carácter terapéutico en los casos en que el embarazo sea resultado de violación o de incesto.

También, asegurar que el personal profesional de salud conozca y sepa aplicar los protocolos del Ministerio de Salud referidos a los abortos legales, y garantizar un tratamiento inmediato e incondicional a las personas que soliciten asistencia médica de emergencia.

El Comité recomendó, igualmente, realizar una amplia campaña pública de sensibilización sobre los casos en que el aborto terapéutico es legal y sobre los trámites administrativos correspondientes.

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