domingo, 3 de febrero de 2013

Perú se niega a proteger derechos de adultos mayores en OEA


  Junto con Jamaica son los únicos países que se oponen a incluir la orientación sexual e identidad de género como categorías de protección a población adulta mayor
Próxima reunión en espacio interamericano será el lunes 4


La delegación peruana continúa con una posición homofóbica en el Grupo de Trabajo de la Organización de Estados Americanos (OEA) encargado de revisar el proyecto de la Convención Interamericana de Derechos de las Personas Mayores que preside Argentina.

Organizaciones de sociedad civil integrantes de la Campaña que promueve la necesidad de una Convención Interamericana para proteger y garantizar los derechos sexuales y reproductivos, se pronunciaron expresando su preocupación por la reiterada posición discriminatoria del Estado peruano respecto a los derechos de las personas adultas mayores no heterosexuales.

Mónica Coronado, coordinadora de la Campaña, informó que en la última sesión del Grupo de Trabajo el 28 de enero, no ha habido ninguna rectificación en el accionar de la delegación de Perú, que ha expresado su oposición a que el texto propuesto de la Convención de Personas Mayores incluya la protección a las categorías de orientación sexual e identidad de género.

Mónica Coronado
Coordinación Colegiada -Alianza Perú 
“Como expresión de la sociedad civil hemos entregado una carta con los argumentos jurídicos que reconocen y respaldan estos derechos de las personas lesbianas, gays, y trans tanto a Cancillería, Ministerio de Justicia y Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, entes rectores en esta materia, así como a la Defensoría del Pueblo[1], solicitando una rectificación de la posición peruana y que ésta se adecúe al marco de derechos del sistema interamericano y nacional”, indicó.

Lamentablemente, no sucedió así. En la reunión del último 28, la delegación de Uruguay precisó que la identidad de género está contemplada en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos, y que en el caso de las personas mayores, ésta es una forma de discriminación agravada por sumar una nueva vulnerabilidad a las que se padecen en la etapa de envejecimiento, por lo que forman para del concepto de discriminación múltiple.

Se pronunció en los mismos términos respecto de la categoría orientación sexual, dejando en claro con ello que no es posible acompañar el pedido de retirar ambas categorías del ámbito de protección del proyecto de Convención.

Mónica Coronado invitó a la ciudadanía a estar vigilantes de lo que será la siguiente reunión del Grupo de Trabajo de la OEA este lunes 4 de febrero. “Esperamos que nuestro Estado no se coloque al margen del sistema de derechos y comprenda que no se puede excluir a quienes considera diferentes, y menos en el actual gobierno cuyos representantes vienen afirmando el desarrollo de políticas inclusivas”, dijo.

Remarcó que las personas mayores lesbianas, gays o trans deben ser parte de las políticas de inclusión y el espacio de la OEA, donde se está aprobando el marco normativo de protección general de sus derechos, exige de la representación peruana una participación democrática y coherente con nuestras normas y las propias disposiciones del sistema interamericano[2].

“Además, nuestro ordenamiento jurídico prohíbe la discriminaciòn por orientación sexual y se reconoce el derecho a la identidad de género, es preocupante que quienes nos representan fuera del país lo desconozcan”, manifestó la activista tras informar que solo Perú y Jamaica han mostrado posición similar en la materia.                                                  

 Lima 2 Febrero 2013 / (Mayor información: Mariela Jara 986 264356)



[1] La Defensoría del Pueblo preside el Grupo de Trabajo en Perú para la Convención Interamericana de los Derechos de las Personas Mayores que, entre otras entidades, integra el MIMP.
[2] La OEA ha aprobado 5 resoluciones sucesivas de protección a las personas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género, que exigen la adopción de medidas concretas para una protección eficaz contra actos discriminatorios. En consecuencia, el Estado peruano tiene la obligación de cumplirlas.

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